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¿Es legal el CBD en Hungría?

Situación jurídica

En toda la UE, el CBD está clasificado como un nuevo alimento no autorizado en virtud del Reglamento (UE) 2015/2283, y no existe ninguna autorización en la lista de la Unión en ningún Estado miembro. En febrero de 2026, la EFSA estableció un nivel provisional de ingesta segura de aproximadamente 2 mg al día para un adulto de 70 kg; se trata de un dictamen de seguridad, no de una autorización.

Hungría aplica dos normativas en paralelo, y estas no apuntan en la misma dirección.

La primera es de carácter penal. Las listas de sustancias controladas de Hungría se trasladaron a un nuevo decreto ministerial con efecto a partir del 1 de enero de 2023, y la lista K1 incluye el cannabis, la resina de cannabis y los extractos y tinturas de cannabis. Se trata de una entrada de carácter material más que de una entrada de sustancia —las columnas de nombre químico, fórmula e identificador están vacías— y no incluye ninguna disposición relativa al THC ni ninguna excepción para el THC de bajo contenido. El artículo 459(1a) del Código Penal húngaro adopta directamente esa lista como su propia definición de estupefaciente, lo que alimenta el delito de tráfico previsto en el artículo 176, que conlleva penas de dos a ocho años. La cantidad determina la gravedad del delito en lugar de crear ninguna exención.

La segunda es la legislación alimentaria, que es la que las autoridades aplican en la práctica. La Agencia de Medicamentos y Nutrición sostiene que cualquier preparado que contenga CBD añadido o en mayor concentración no puede comercializarse legalmente como alimento o complemento alimenticio, independientemente de su contenido en THC, y que los ingredientes derivados de semillas de cáñamo solo pueden utilizarse cuando el CBD no supere los 25 mg/kg como contaminante. La autoridad de seguridad alimentaria califica el cannabidiol, el cannabinol y otros cannabinoides como nuevos alimentos cuando se utilizan como ingredientes alimentarios, y extiende esta clasificación a los extractos de cáñamo y a cualquier producto que contenga un extracto de cannabinoides añadido.

La agencia también ha declarado por escrito que el CBD no es actualmente una sustancia controlada en Hungría y que el CBD, como sustancia activa, no figura entre las sustancias controladas bajo competencia nacional. Ambas afirmaciones pueden ser ciertas a la vez: el CBD, como sustancia, está realmente ausente de todas las listas húngaras, mientras que la entrada K1 menciona el material —el extracto de cannabis— en lugar de la molécula.

¿Vendemos aquí?

No.

No, no realizamos envíos a Hungría.

Hungría es la decisión más difícil que hemos tenido que tomar, y preferimos explicarlo antes que dejarlo en blanco.

Las agencias húngaras afirman claramente que el CBD, como sustancia, no está controlado en Hungría, y nosotros les creemos. Sin embargo, la lista de sustancias estupefacientes del Código Penal húngaro no se limita a enumerar sustancias. Enumera materiales, y una de las entradas es «extractos y tinturas de cannabis», sin especificar un contenido mínimo de THC ni hacer ninguna excepción para el cáñamo industrial. El Código Penal húngaro adopta directamente esa lista. Nuestro producto es un extracto de cáñamo de espectro completo, que es precisamente lo que describe esa entrada.

En la práctica, las autoridades húngaras han tratado el CBD como un problema de legislación alimentaria más que como uno penal y, por lo que sabemos, nunca han tomado medidas contra un vendedor con sede en otro país; cuando se encuentran con uno, remiten el asunto al organismo regulador de ese país. Por lo tanto, el riesgo no es que esperemos que llamen a la puerta. Es que el texto de una ley penal dice una cosa, mientras que la práctica de aplicación dice otra, y ningún tribunal húngaro ha resuelto cuál de las dos rige un producto como el nuestro.

No creemos que sea una cuestión que deba resolverse enviando el producto y averiguándolo sobre la marcha. Si un tribunal o una agencia húngara aborda el tema, actualizaremos esta página, y lo haremos con mucho gusto.

Perspectivas

Hay dos cosas que cambiarían nuestra postura respecto a Hungría. La primera es que un tribunal o un organismo húngaro se pronuncie sobre si la entrada del código penal relativa a los extractos y tinturas de cannabis se aplica a un extracto de cáñamo con bajo contenido en THC producido legalmente en otro Estado miembro. No existe ninguna resolución al respecto, y los propios organismos han tratado sistemáticamente el CBD como una cuestión alimentaria y no penal, por lo que una respuesta favorable es realmente posible. La segunda sería una autorización de la UE como «alimento nuevo», lo que eliminaría la objeción basada en la legislación alimentaria, pero no la de carácter penal.

Mientras tanto, la tendencia es hacia un mayor control, no hacia uno menor. La autoridad húngara de protección del consumidor llevó a cabo una inspección específica de los productos de CBD a mediados de 2026, no encontró que ninguno de los productos alimenticios evaluados cumpliera plenamente la normativa, señaló las afirmaciones sobre el sueño y el contenido de los blogs como afirmaciones medicinales ilegales, y afirmó que la campaña continuaría.

Cronología

Septiembre de 2020

Una operación conjunta de la policía, la agencia de medicamentos, la agencia de gestión de catástrofes y la agencia de seguridad alimentaria ha llevado a cabo una redada en la primera tienda de Budapest dedicada al cannabis veinte minutos después de su apertura, incautando unos cuatro kilogramos de material vegetal repartido en 1.837 artículos, cuyo contenido de THC resultó ser del 0,11 %.

El Instituto de Investigación sobre Drogas, citando el comunicado de la policía

Abril de 2021

Según la prensa, la agencia reguladora de medicamentos añade aproximadamente una decisión de prohibición al día a su lista de complementos alimenticios con CBD prohibidos, alegando que se trata de «alimentos novedosos» no autorizados, de entre los unos cuatrocientos productos de este tipo que se estimaba que había en aquel momento en el mercado húngaro.

Telex (fecha del informe; decisiones individuales sin fecha)

Julio de 2021

La agencia de medicamentos y nutrición publica sus directrices sobre los complementos alimenticios con CBD, en las que se establece que ningún preparado que contenga CBD añadido o en mayor concentración puede comercializarse legalmente como alimento o complemento alimenticio, dado que el CBD tiene la consideración de «alimento nuevo» no autorizado.

OGYÉI

Julio de 2021

El documento de posición completo de la agencia sobre el cáñamo y sus derivados establece un límite máximo de contaminación por CBD de 25 mg/kg para los ingredientes de semillas de cáñamo autorizados, señala que los alimentos y los complementos alimenticios no pueden contener THC en absoluto, y indica que el CBD, como sustancia, no está sujeto a control en Hungría.

Resolución de la OGYÉI (fecha de creación del PDF: 20 de julio de 2021)

Enero de 2023

Entran en vigor las listas de sustancias controladas de Hungría, promulgadas el 28 de diciembre de 2022 mediante un nuevo decreto ministerial; la lista K1 incluye el cannabis, la resina de cannabis y los extractos y tinturas de cannabis como una entrada material sin referencia al THC, y el Código Penal adopta directamente dicha lista como su definición de estupefaciente.

Decreto 78/2022 (28 de diciembre) del Ministerio del Interior; artículo 459, apartado 1 bis, del Código Penal

Agosto de 2023

Según las informaciones, la fiscalía ha imputado a los dos propietarios de la tienda de Budapest en la que se llevó a cabo la redada por tráfico de drogas, en virtud del Código Penal, y solicita dos años y medio de prisión preventiva para cada uno de ellos.

HVG (fecha del informe; la propia acusación solo está fechada en agosto de 2023)

Enero de 2024

La autoridad competente en materia de seguridad alimentaria publica unas directrices generales sobre los alimentos a base de cáñamo, en las que se clasifican el cannabidiol, el cannabinol, el cannabigerol y el cannabicromeno como nuevos alimentos cuando se utilizan como ingredientes alimentarios, y se amplía esta clasificación a los extractos de cáñamo y a cualquier producto al que se añada un extracto que contenga cannabinoides.

Nébih (fecha de publicación que aparece en pantalla; la página ha sido modificada posteriormente sin previo aviso)

Junio de 2026

Se modifica de nuevo el decreto sobre sustancias controladas, confirmándose en su texto consolidado actual que la entrada relativa al extracto de cannabis sigue vigente y sin modificaciones.

Decreto EüM n.º 1/2026 (19 de junio) por el que se modifica el Decreto BM n.º 78/2022 (28 de diciembre)

Julio de 2026

La autoridad de protección del consumidor publica un análisis del mercado del CBD en el que critica que el etiquetado «espectro completo» y «complejo de fitocannabinoides» oculta la composición, así como la discrepancia entre las afirmaciones publicitarias y las pruebas que las respaldan.

NKFH

Julio de 2026

La autoridad de protección del consumidor publica los resultados de una inspección específica sobre el CBD: ninguno de los doce productos evaluados como alimentos cumplía plenamente la normativa; se detectó THC en ocho de ellos en niveles calificados como preocupantes desde el punto de vista toxicológico; el contenido declarado de CBD se había subestimado hasta cuatro veces; las afirmaciones relativas al sueño se consideraron afirmaciones terapéuticas ilegales, incluso cuando figuraban en contenidos de blogs; y se impusieron medidas de prohibición, retirada del mercado y multas, remitiendo a los distribuidores extranjeros a las autoridades de sus países de origen.

NKFH

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