No existe una norma armonizada de la UE para la melatonina. Queda por completo fuera del marco de los cannabinoides y se regula a nivel nacional, Estado miembro por Estado miembro: los límites van de 0,3 mg en Bélgica a 2 mg en España, y varios países no fijan ninguno. La única cifra a escala de la UE es la declaración de propiedades saludables autorizada en el Reglamento (UE) n.º 432/2012, condicionada a 1 mg por porción cuantificada.
No se identificó ningún máximo nacional chipriota para la melatonina ni ninguna decisión chipriota que la reclasifique como medicamento. Chipre tramita los complementos alimenticios mediante un régimen de notificación y licencia administrado por los Servicios de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, en el que un producto ya distribuido legalmente como complemento alimenticio en otro Estado miembro requiere por lo general notificación y no una licencia completa. No se encontró ninguna lista nacional de «otras sustancias» restringidas con niveles máximos.
La práctica del comercio minorista chipriota concuerda con esa lectura. Las farmacias y tiendas de complementos chipriotas tienen melatonina en stock como complemento alimenticio ordinario a 1 mg y a varios múltiplos de esa cantidad, a la venta sin receta.